Testamento vital, ¿en qué consiste?

Todo lo que se pueda tener por escrito, siempre es mejor. Aunque no nos guste pensar en la muerte es un suceso que tarde o temprano ocurrirá y toda instrucción es poca si quieres que se hagan tus últimas voluntades.

¿Qué expresas en un Testamento Vital?

El Testamento Vital o Documento de Instrucciones Previas es donde expones todas tus decisiones en lo referente a la asistencia sanitaria que deseas recibir. En este documento, dejas por escrito de forma anticipada los siguientes aspectos:

  • Preferencia en el cuidado sanitario.
    Expresas qué tratamiento o qué tipo de atención sanitaria deseas recibir en el caso de enfermedad incurable, enfermedad terminal o en situación de agonía. En cualquiera de estos casos, existen distintas opciones:
    • La aplicación o no de técnicas de soporte vital.
    • El uso o no de tratamientos para paliar el dolor físico o psíquico que pueda producir una angustia intensa.
    • El rechazo o la aceptación de recibir medicamentos, tratamientos o pruebas si no van a suponer una recuperación o un alivio de los síntomas.
    • Si se desea que se permita el acompañamiento de los seres queridos en el trance final.
    • Si se desea eutanasia o no (siempre que la situación se encuentre en alguno de los supuestos clínicos previsto en la Ley que la regula).
  • Preferencias sobre el destino del cuerpo y sus órganos.

Donar órganos es voluntario, y en este apartado puedes decidir si deseas donar tu cuerpo o no. En caso afirmativo, debes expresas si quieres la donación total de tu cuerpo o solo parcial, señalando qué órganos en concreto deseas donar (corazón, riñones, pulmones…). De igual manera, eliges la donación parcial o total de tus tejidos.

  • Designación de un representante.

El Testamento Vital se aplica en el caso de que el autor del documento no pueda manifestar su voluntad por una situación crítica o un deterioro de su salud. El Documento de Instrucciones Previas te da la opción de elegir a un representante que, en tu nombre, exprese al equipo médico responsable de tu asistencia tus últimas voluntades.

¿Quién debe validar el Testamento Vital?

Al igual que un testamento normal, puede otorgarlo un notario, aunque también es posible que lo valide el personal del registró autonómico de cada Comunidad Autónoma o ante tres testigos que deben firmar el documento. Si se opta por validarlo mediante testigos, dos de ellos no pueden ser ni padres, ni hijos ni tampoco sobrinos o tíos. Tampoco se permiten como testigos a personas con las que mantenga una relación económica.

¿Todo el mundo puede hacerlo?

Es necesario ser mayor de edad, estar en pleno uso de las facultades mentales y que exista plena libertad, sin coacciones.

Los menores de edad pueden realizar el Testamento Vital si están emancipados, ya que no cuentan con patria protestad.

¿Dónde debo registrar el documento?

En el caso de España, has de presentarlo en el Registro de Instrucciones Previas de tu Comunidad Autónoma.

¿Puedo cambiar mi Testamento Vital si ya está registrado?

Se puede modificar siempre que se quiera, lo cual requiere rellenar un nuevo documento y presentarlo de nuevo. También se puede anular rellenando un documento de revocación.

 

En funerarias La Soledad siempre recomendamos dejar todo por escrito y planificar con antelación, algo que el Testamento Vital te permite hacer. Antes de realizarlo, debes meditar con calma cada decisión: recuerda que se trata de los últimos momentos de tu vida y del destino final de tu cuerpo.

Ten presente que en tu Documento de Instrucciones Previas no podrás expresar actuaciones contrarias a la ley y a las buenas prácticas clínicas.

 

Más información:

Procedimiento de instrucciones previas para Castilla y León

 

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